SEÑOR DE LA JUSTICIA
 
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NORMAS Y OBLIGACIONES


NORMAS Y/O OBLIGACIONES QUE

EL HERMANO


CARGADOR DEBE CUMPLIR

 

La comunidad cristiana del señor de la justicia no se rige por reglamento, ni estatutos, pero si por normas y/o obligaciones, las cuales el hermano cargador se compromete a cumplir voluntariamente, así como aceptar las sanciones que de ellas emanen por el incumplimiento de las mismas.

 

v     Asistir a las misas de los viernes en honor al señor de la justicia, todo hermano debe firmar una hoja de asistencia todos los viernes, su inasistencia debe ser justificada con una carta de justificación, al igual que en el triduo en honor al señor de la justicia.

v     Cumplir con el pago mensual obligatorio, el hermano cargador no debe atrasarse en sus mensualidades por más de 2 meses. 

v     Adquirir su placa correspondiente a su cuadrilla.

v     Adquirir su carnet  de identificación como miembro del la C.C.S.J.

v     Participar en toda actividad programada por la junta directiva de la C.C.S.J para adquirir fondos.

v     Participar con su asistencia a la visita de los hermanos enfermos y/o velatorios de los hermanos.

v     Obligatoriamente el hermano cargador estará presente en todo el recorrido procesional desde el inicio de la procesión hasta el retorno de nuestro patrón a su templo.

v     El hermano cargador se ubicara a los lados del anda, cuidando y controlando a los fieles.

v     La presencia del hermano cargador tanto en las festividades del señor de la justicia, como en otras invitaciones religiosas será correctamente vestido con su terno y habito limpio y planchado.

v     El hermano cargador, no podrá ingresar con hábito a establecimiento públicos.

v     El hermano cargador no podrá ingerir bebidas gaseosas, bocaditos, etc., con hábito.

v     El hermano cargador no podrá presentarse a las actividades en estado etílico o signos de haber ingerido licor.

v     El hermano cargador no podrá fumar con hábito.

v     El hermano cargador durante el triduo y/o procesiones en honor al señor  de la justicia o otras invitaciones deberá firmar la relación de asistencia al llegar y al retirarse, para lo cual deberá ubicar a uno de los fiscales quienes portaran la relación de asistencia.

v     La asistencia al triduo, rosario y misa por la festidades del señor de la justicia es obligatoria y con hábito.

v     Los hermanos cargadores asistirán a los cargios y/o actividades programadas por otras instituciones religiosas. solamente autorizados por la presidencia de la junta directiva de la comunidad y con la presencia del capataz general.

v     Toda asistencia a cualquier procesión, festividad patronal, cargios, etc. Con habito o insignias distintivas del señor de la justicia (pines, detentes, placas, etc.) Sin la autorización de la presidenta, fiscales y/o el capataz general, constituye una falta grave, sujeta a suspensión.

v     El hermano cargador deberá acatar las disposiciones que emanen de la presidenta de la comunidad de los fiscales y el capataz general.

v     Las invitaciones de otras instituciones religiones donde soliciten cuadrillas de hermanos cargadores será con una anticipación de 30 días.

El hermano cargador asistirá a las citaciones, festividades procesionales etc. programadas por el capataz general con 20 minutos de anticipación.


 
   
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